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Templo y Territorio: Implicaciones Socioeconómicas y
Espaciales de la Diversidad Religiosa
Temple and Territory: Socioeconomic and Spatial Implications of Religious
Diversity
Aider Alexis Jiménez Moreno
aider.jimenez@javeriana.edu.co
https://orcid.org/0000-0003-0690-8805
Pontificia Universidad Javeriana
Bogotá D.C. Colombia
Artículo recibido: 12/05/2026
Aceptado para publicación: 15/06/2026
Conflictos de Intereses: Ninguno que declarar
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RESUMEN
Este artículo analiza la dinámica social, económica y espacio-territorial de la
diversidad religiosa en Bogotá a partir de un estudio de caso: el templo neopentecostal ‘El
Lugar de Su Presencia’. El trabajo es consecuencia de los resultados arrojados por un
proyecto de investigación de grado, el cual fue producto de un proyecto de investigación más
amplio: la comprensión del fenómeno de la diversidad religiosa en el distrito capital a través
de un enfoque territorial: la caracterización de lugares de culto o templos de congregaciones
no católicas. Desde una perspectiva cualitativa y, en el marco de la política distrital de
ordenamiento territorial, se indaga sobre las implicaciones sociales, económicas y espaciales
del templo. Los resultados expuestos invitan a la reflexión en torno a la construcción de
política pública y ordenamiento territorial en el ámbito del uso religioso del suelo, más allá de
la tipificación de equipamientos urbanos.
Palabras Clave: templos, lugares de culto, diversidad religiosa, ordenamiento
territorial, uso religioso del suelo
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ABSTRACT
This article analyzes the social, economic and spatio-territorial dynamics of religious
diversity in Bogotá based on a case study: the neo-Pentecostal temple 'El Lugar de Su
Presencia'. The work is a consequence of the results obtained from a degree research project,
which was the product of a broader research project: the understanding of the phenomenon of
religious diversity in the capital district through a territorial approach: the characterization of
places of worship or temples of non-Catholic congregations. From a qualitative perspective
and, within the framework of district policy of territorial ordering, the social, economic and
spatial implications of the temple are investigated. The exposed results invite reflection on
the construction of public policy and territorial ordering in the ambit of religious land use,
beyond the typification of urban equipments.
Keywords: temples, places of cult, religious diversity, territorial ordering, religious
land use
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INTRODUCCIÓN
Los templos no católicos, su connotación sagrada, son una cristalización de la diversidad
religiosa en Bogotá; una concreción de diversas estructuras de uso religioso que, junto con las
iglesias católicas tradicionales, pasan a formar parte del entramado urbano. La presencia de
estos templos ha ido aumentando en los últimos 40 años, acrecentándose con la Constitución
Política de 1991, al garantizarse en el marco legal nacional la libertad de cultos y conciencia,
la igualdad de todas las religiones ante el Estado. Como constructo de la diversidad religiosa,
los templos tienen una dimensión territorial. No obstante, desde las ciencias sociales, y
específicamente desde la sociología, han sido un objeto de estudio poco abordado.
Como paisaje urbano, la ciudad se concatena con lo simbólico del templo; una forma de
adaptar y comprender lo religioso. Territorio y templo funcionan como un binomio necesario
para pensar la extensión, el desarrollo y el impacto de cualquier religión; el templo
exterioriza el interior de lo sacro. Pues las relaciones y dinámicas que esta arquitectura
instaura con el entorno socio-espacial permiten análisis aún incipientes en el conglomerado
interdisciplinar de las ciencias sociales. De la relación de un templo con un territorio
determinado, emerge el concepto de territorialidad; el cómo la conducta humana influye,
controla o afecta un área geográfica específica: el territorio (Checa-Artasu, 2014). Las
territorialidades religiosas también se asocian al concepto de subjetividad.
Por la multiplicidad de relaciones y tensiones espaciales, sociales, económicas y culturales
que supone un templo a partir de su construcción en un área determinada, emergen preguntas
como: ¿qué factores se tuvieron en cuenta para cimentar el templo allí? ¿Cómo se relacionan
estos factores con la prescripción jurídica del Plan de Ordenamiento Territorial POT? ¿Qué
dice la normatividad con relación al uso religioso del suelo? ¿A qué hace referencia dicho
uso, más allá de la tipificación nominal del espacio, en contextos heterogéneos y concretos?
Y, en general, ¿qué implicaciones socioeconómicas y espacio-territoriales tiene el templo en
el sector de su ubicación?
En el contexto de la línea de investigación sociológica nuevas subjetividades y actores
sociales, del grupo Cibercultura y Territorio de la UNAD, este trabajo partió de un estudio
más amplio: el análisis territorial de la dinámica de la diversidad religiosa en la ciudad de
Bogotá. Esto, mediante la caracterización, comprensión y descripción de sus estructuras o
espacios de culto no católicos. Como estudio de caso centrado en la iglesia neopentecostal ‘El
Lugar de Su Presencia’ del sector de La Castellana de Bogotá, este trabajo indagó por las
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implicaciones sociales, económicas y espaciales del templo, en el marco de la política
distrital de ordenamiento territorial.
METODOLOGÍA
Desde una postura cualitativa e interpretativa, la tipología de investigación fue descriptiva.
Esta se dividió en 4 fases: 1. Diseño de herramientas y del plan de trabajo (revisión
bibliográfica, análisis documental y definición de instrumentos: guía de entrevista y guía de
observación); 2. Recolección y registro de la información (trabajo de campo -procesos de
observación en el barrio La Castellana, entrevistas a profundidad con miembros la Junta de
Acción Comunal del sector y, entrevistas semiestructuradas a habitantes/comerciantes de la
zona y feligreses de la iglesia-); 3. Sistematización, análisis e interpretación de la información
y, 4. Redacción de los resultados.
Los principios teóricos y conceptuales que fundamentaron la investigación son los siguientes:
diversidad religiosa; espacio y territorio; ordenamiento territorial, uso religioso del suelo y
neopentecostalismo. Al respecto, la diversidad religiosa emerge en el marco de la modernidad
secular, bajo los supuestos de una constitución de carácter laico; de un deber ser estatal
neutral: nula priorización o discriminación ante cualquier organización religiosa en particular.
De forma inherente y reglamentada, los templos no católicos, como espacios de uso religioso,
son una manifestación física, territorial, de tal diversidad.
Seguido, el espacio es la unidad o superficie física, el territorio la construcción social a partir
de la apropiación de un espacio (la territorialidad). “El territorio es un producto de la
actividad humana porque existen procesos de manejo y de transformación del espacio
apropiado por parte del hombre” (Mazurek, 2006, p.42). En las dinámicas sociales,
económicas y culturales, espacio y territorio se yuxtaponen, se complementan. En este orden
de ideas, el ordenamiento territorial se erige como un instrumento que reglamenta e imprime
una serie de directrices en el territorio, su esencia es la construcción de “un orden deseado”:
mejores condiciones en la calidad de vida de la población. La complejidad del ordenamiento
territorial reside en definir: ¿qué o cuál modelo de territorio? ¿Qué es lo que desea la
sociedad, heterogénea, multicultural, diversa, estratificada, a nivel territorial? (Hernández,
2010).
En cuanto al uso del suelo, se entiende por éste “las acciones, actividades e intervenciones
que realizan las personas sobre un determinado tipo de superficie para producir, modificarla o
mantenerla” (FAO, 2003). El uso del suelo es la destinación asignada al suelo; las actividades
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que se pueden desarrollar o están permitidas, de forma reglamentada, en éste. Así, en el
marco del uso religioso del suelo, sin una norma clara, predeterminada, más allá de un
adjetivo nominal, las entidades territoriales deben gestionar y establecer, mediante políticas
públicas de impacto territorial, lo que se puede o es conveniente hacer (por razones sociales,
técnicas, culturales, etc.) y no se puede hacer (por estar prohibido por la potestad reglada)
(Ponce y Cabanilas, 2011).
Por último, para los estudios sociales de la religión, el neopentecostalismo -la creencia en los
dones del espíritu, la constitución de mega iglesias y la puesta en práctica de los discursos de
la teología de la prosperidad-, “corresponde a un nuevo tipo de pentecostalismo, siendo así, la
capacidad de pertinencia cultural que tiene el pentecostalismo para adecuarse a las distintas
transformaciones sociales como la modernización, la sociedad tradicional y/o la
globalización” (Tec-López, 2017, p.45).
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Sobre el fenómeno de la diversidad religiosa y sus implicaciones sociales, económicas y
espaciales
En Colombia, desde 1991, con la nueva realidad constitucional, existen estudios sociológicos,
y de otras ciencias sociales y humanas, sobre la diversidad religiosa, esto desde el enfoque
histórico de la secularización y sus efectos; la historia de la arquitectura religiosa (“en
esencia” católica); el análisis jurisprudencial en materia de religión; la irrupción de nuevas
confesiones y credos en el país; el papel histórico de la religión en el devenir nacional/estatal;
la laicidad y la recomposición del creer confesional; las paradojas culturales y legales de la
educación religiosa y, el papel social y moral de las iglesias (Arboleda, 2016; Rueda,
Figueroa y Plata, 2017; Beltrán, 2004, 2012). Pero, bajo la perspectiva de una política pública
de diversidad religiosa desde el aspecto territorial; estudios sobre el impacto espacial,
económico y social de los templos no católicos, estos son nulos o inexistentes. Siendo el
templo y sus relaciones o complejidades socioeconómicas y espacio-territoriales un factor
solamente nombrado o latente (Escobar, 2017; Martínez et al., 2020; Prieto, 2012).
Desde el campo disciplinar de la sociología, en Colombia son importantes los análisis que
realiza Beltrán (2013, s.f.) sobre la pluralización religiosa, su correlación con factores
económicos y sociales. Al estudiar “el pentecostalismo” y “el neopentecostalismo”,
agrupados como la segunda fuerza religiosa en Bogotá y el resto del país, el autor refiere
cómo en estos movimientos las mega iglesias, consolidadas como empresas familiares, son el
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producto de la iniciativa de un líder carismático que, bajo la figura de comunidad religiosa,
alcanza un gran estatus social, nacional e internacional además de un enorme poder
económico y político: construcción de templos, compra de terrenos y canalización de votos a
una determinada ideología o partido político. Por lo demás, en Colombia la religión ha sido
un objeto de estudio limitado a disciplinas como la teología, el derecho, la filosofía, la
historia, la antropología y las ciencias de la educación.
Los estudios sociológicos sobre los templos no católicos, desde un enfoque territorial,
implican un ir más allá (un aterrizar) del orden puramente jurídico, del panorama de la
pluralización cuantitativa/cualitativa de la religión a nivel nacional y, de la historicidad de las
religiones y su campo cultural. Pues, se trata de la comprensión e interpretación de las
realidades sociales concretas y heterogéneas, de la relación templo-territorio (comunidad y
actores sociales involucrados). Un factor comúnmente invisibilizado en la academia, en la
eterna dicotomía teoría/práctica. Más cuando se habla de la construcción de un “orden
deseado”.
Por ello, pese a la carencia de estudios nacionales sobre la materia, y en concordancia con los
objetivos del presente trabajo, en el panorama regional e internacional se presentan algunas
investigaciones que, aunque escasas, ilustran el marco de comprensión de la diversidad
religiosa desde el aspecto territorial: templo/espacio/sociedad. Aquí son de referenciar, para
el presente análisis, dichos estudios en dos grupos: por un lado, el caso español; por el otro,
algunas investigaciones en el panorama regional latinoamericano.
Sobre el primer grupo, los templos son comprendidos como la interacción y la convergencia
jurídico-normativa y constitucional entre el urbanismo y la libertad/pluralismo religioso, sin
intervención o represión de las diferencias por parte del Estado (consenso armónico y bajo el
marco de la ley). Los lugares de culto o equipamientos urbanos de uso religioso, como una
expresión territorial-arquitectónica (física y simbólica), se perciben bajo realidades sociales
diferentes, no homogenizables bajo la política urbanística a priori de un mismo proyecto de
ley. Estos credos, con una creciente exponencial de las minorías confesionales no católicas,
las cuales tienden a visibilizarse, tienen un impacto en el espacio citadino: la expansión
urbana que suscita un templo (católico y no católico) en cuanto al uso religioso del suelo y
sus servicios complementarios (infraestructura comercial, bibliotecas, garajes, jardines,
centros de formación para jóvenes y zonas residenciales para feligreses); la emergencia de
conflictos sociales debido a los cultos (proselitismo/anti-proselitismo religioso, afectación de
la movilidad, contaminación auditiva y confrontación con otros derechos fundamentales
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como la integridad, entre otros) y, la contribución de éstos a solucionar problemáticas
espaciales y sociales del tejido general de la ciudad (construcción de espacios públicos -
concatenación con la planificación urbana- fomentando la cohesión social y territorial y,
evitando la segregación, la marginalidad). Se destaca aquí cómo la planificación del espacio
urbano con supuestos fines religiosos puede derivar en una herramienta de poder, dado que es
posible confundir la ordenanza del espacio, sus usos, con un control territorial de este
(Moreno, 2008; Salguero, 2015; Guardia, 2009, 2011; Fernández-Cobián y Vilas, 2012;
Ponce y Cabalinas, 2011; Gas-Aixendri, 2015).
En cuanto al segundo grupo, el caso regional latinoamericano, se estudian los templos -en
México- como expresiones territoriales urbanas que transforman, según el credo, los espacios
sociales habitados: tipo de vestuario, equipamientos urbanos, organización del espacio
público, generación de comercio y turismo y, designación de nombres religiosos de las calles,
entes gubernamentales y locales de comercio; además de ser éstos, símbolos espaciales de
ostentosidad que generan pertenencia e identidad con relación-diferencia a la confesión
dominante: el catolicismo (Solís, 2010; San Martín, 2019). Los templos -en Perú- bajo el
examen de la relación constitucional EstadoIglesia, enfatizando en las discrepancias y
contradicciones (derechos diferenciados, laicidad nula y políticas blicas a favor del
catolicismo) entre el orden jurídico y la realidad concreta (Abad, 2008). Los templos -en
Argentina- como la objetivación espacial urbana, heterogénea, de la diversidad religiosa: la
secularización como recomposición del creer y recomposición de la ciudad bajo el ámbito de
una desregulación del Estado en materia de política pública y planificación urbana del uso
religioso del suelo (Carballo, 2008). Y, los templos -en Chile- como la fusión del patrimonio
tangible (la iglesia/su estructura) con el intangible (las relaciones sociales, económicas y
culturales); el templo como factor ordenador del espacio y centro de la dinámica social del
lugar (modelo concéntrico jesuita, occidental) (Sahady et al., 2009).
Recopilando, secularización, laicidad y libertad, son los principios constitucionales de la
diversidad religiosa. Principios que, al pasar del marco jurídico/normativo y situarse en la
realidad social concreta, se cristalizan, entre otros ámbitos y factores, en la emergencia de
estructuras de uso religioso de diferentes credos: los templos. Iglesias que pasan a formar
parte del tejido espacio-territorial de la ciudad, antes de tradición y hegemonía católica.
Como construcción social, un territorio se erige, se constituye, como el resultado de una serie
de procesos y complejidades sociales, culturales, económicas y jurídico-políticas, que
generan en la población o comunidad que lo habita formas de vivirlo, de apropiarlo, de
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adaptarlo, de transformarlo (la territorialidad). Al ser un fenómeno y un hecho social
asociado a la cultura, la religión también forma parte de esa territorialidad, de ese constructo
multidimensional entre individuos/sujetos-espacio/territorio. El templo, como materialización
de esa religiosidad, tiene implicaciones sociales, económicas y espaciales en el territorio.
Sobre política pública y ordenamiento territorial con relación al uso religioso del suelo
En la actualidad, el marco jurídico nacional de la libertad religiosa concuerda con el del
Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos (Romero, 2012). Empero,
en Colombia, más allá del aspecto meramente formal (la protección y reglamentación del
derecho), el panorama de la diversidad religiosa es un campo social nuevo, emergente. Pese a
la consagración de la libertad de creencias en la Constitución Política de 1991, el fenómeno
de la diversidad religiosa en Colombia no fue una prioridad para el Estado y los estudios
sociales durante el siglo XX. Es así como, entre los entes territoriales nacionales, la Política
Pública de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia para Bogotá Distrito
Capital (2018-2028), se constituye en una iniciativa novedosa y singular. Un conjunto de
directrices jurídicas, sociales, políticas, económicas y culturales, en cuanto a diversidad
religiosa se refiere, nunca vistas en el país. Sobre los aspectos territoriales y espaciales de los
templos no católicos, dicha política pública define:
Toda interacción social, sus demandas materiales (equipamientos) y simbólicas,
implican un espacio, el cual es adaptado y transformado.
El territorio, su configuración, es garantía para la realización de los derechos y
libertades ciudadanas.
El ordenamiento territorial y la democratización del espacio público deben superar
el ámbito formal, situarse directamente en la esfera de los derechos.
De forma democrática, la normatividad debe armonizar el ejercicio y práctica de la
libertad religiosa con el desarrollo y uso físico e infraestructural en Bogotá.
Sin embargo, aunque desde el aspecto teórico la política pública cuenta con un enfoque
territorial acertado, su materialización o concreción en la realidad social urbana del distrito
capital sigue siendo somera, incluso divergente con respecto al POT vigente para Bogotá
(Decreto 190 de 2004). Pues este reduce el sistema de equipamientos urbanos (unidades de
espacios/edificios) para la prestación de servicios religiosos únicamente a una clasificación
tipológica. Esto, sin precisar las disposiciones -“un punto medio” entre lo taxativo de la
norma y la heterogeneidad sectorial- sobre la construcción de templos por su impacto
territorial: el uso religioso del suelo como categoría.
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El POT de la capital, únicamente de forma nominal, contiene en el apartado de los planes
maestros de equipamientos urbanos a los de servicios dotacionales de culto y congregación
religiosa. Según éste, estos planes maestros de equipamientos deben surgir desde las
necesidades territoriales de cada uno de los sectores (desde lo vecinal hasta lo metropolitano)
de la ciudad, las cuales son identificadas por estudios previos. No obstante, sin ninguna
concreción, más allá del direccionamiento a la realización de estudios urbanísticos a priori.
Sumado a ello, y desde la generalidad normativa, sin tener en cuenta la heterogeneidad
territorial concreta, la Política Pública de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y
Conciencia para Bogotá Distrito Capital (2018-2028), introduce el plan maestro de
equipamientos de culto para la ciudad. Allí se enlistan elementos claves como: usos
esenciales de un equipamiento de culto (ceremonia, residencia, administración y formación);
restricción sonora, de acuerdo con la norma, para los espacios de culto; obligatoriedad de los
estacionamientos para feligreses y, garantía y protección del derecho al ejercicio de la
libertad de culto para las comunidades que asisten a estos templos.
En síntesis, el uso religioso del suelo, si se comprende como categoría -lo que debería ser-,
carece de precisión conceptual y reglamentaria. Se erige como una clasificación nominal
ambigua que emerge de la dicotomía teoría (orden jurídico/normativo)-práctica (adecuación
de equipamientos urbanos) en la planificación de la ciudad de Bogotá. En el actual POT, la
denominación de uso religioso del suelo simplemente sugiere, como posibilidad
reglamentada, una serie de directrices, lineamientos y parámetros cuantitativos
(escala/cantidad) sobre los equipamientos urbanos para las iglesias o templos. Seguido, en el
contexto normativo vigente, el uso religioso del suelo se limita más a una tipificación o
distinción del espacio urbano y, por ende, no se comprende en éste una categoría que
establezca o abarque lo que se puede o se debe hacer en la práctica tangible de la libertad y la
diversidad religiosa. Un factor inherente, e invisibilizado, en la constitución de un orden
territorial deseado.
Sobre la ‘Iglesia El Lugar de Su Presencia’ y el sector de La Castellana: la relación
templo/territorio
El barrio La Castellana, fundado en 1950, se encuentra ubicado al noroccidente de la ciudad
de Bogotá. Es reconocido por ser un sector socioeconómicamente privilegiado, el cual
alberga amplias zonas de comercio, bienes y servicios, incluso más que residenciales. El
barrio se constituyó, con los procesos de urbanización de la capital, en la antigua hacienda el
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Vergel (Secretaría de Planeación de Bogotá, 2020; Castro, 2014). Según datos del
Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Secretaría de Integración Social, s.f.),
la población de este sector es principalmente adulta, oscilando entre los 30 y 70 años.
Estructuralmente, La Castellana no tiene la organización espacial y arquitectónica tradicional:
la iglesia católica y la plaza fundacional como ejes urbanísticos.
Por su parte, la Iglesia El Lugar de Su Presencia, fundada en 1993, es un templo cristiano de
variante neopentecostal. Como mega iglesia, esta cuenta con varias edificaciones y
equipamientos urbanos de uso religioso en el sector: auditorios, administración, centro de
formación/enseñanza y parqueadero. Por sus lazos comerciales, relaciones económicas,
sociales y culturales e impacto en el flujo de personas (residentes, población flotante,
feligreses, vendedores ambulantes y comerciantes), la iglesia se ha constituido en uno de los
referentes espaciales y territoriales del barrio La Castellana. En sus días de culto, este templo
cuenta con la asistencia de más 40.000 personas (Iglesia El Lugar de Su Presencia, s.f.).
Con relación al sector de La Castellana, y como resultado del proceso de trabajo de campo, se
infiere que, para los habitantes, residentes y comerciantes del lugar, el barrio ha pasado por
una serie de fases permanentes, y no reguladas, de transformación comercial. En éste, no
todas sus áreas, en un principio netamente residenciales, están reglamentadas para el
comercio. Por su ubicación, transporte y valorización, el barrio es un foco de inversión para
las grandes empresas. En este contexto, La Iglesia el Lugar de Su Presencia, con más de dos
décadas de constitución en el lugar, es percibida como uno de estos actores sociales, con fines
económicos, interesados en la potencia comercial del barrio: una mega iglesia que “privatiza”
la religión y promueve el neoliberalismo y determinadas ideologías políticas. En el marco del
discurso de la teología de la prosperidad, en el sector se concibe a la iglesia en misma
como una empresa que genera cambios sociales, territoriales y demográficos; como una
compañía u organización que produce diversos tipos de capital (político, económico, cultural,
social).
Para los entrevistados, con la construcción de este templo, en el sector de La Castellana se
produjeron las siguientes transformaciones: cambio poblacional (compra y venta de
viviendas/residencias para la edificación de equipamientos de la iglesia, implicando
migración urbana de las familias, “muy poca gente joven vive en el barrio”); cambios
económicos (la concatenación de una cadena comercial de alimentos y artículos de fe
alrededor de la iglesia, aumento proporcional de la economía, así mismo, la constitución de
locales de comercio “cristianos” que son de propiedad de la comunidad religiosa); cambios
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espaciales (la expansión territorial y exponencial del templo por el barrio, nuevas estructuras
de uso religioso, sin una reglamentación clara o que se supedita más a criterios económicos)
cambios socioculturales (el ingreso de nuevas manifestaciones religiosas en un barrio
tradicionalmente “católico”) y, ruptura de la cohesión social (invasión del espacio público
vehicular y peatonal-, inseguridad, desaparición de espacios comunes/colectivos y cambios
en la territorialidad/apropiación del espacio por parte de los habitantes/residentes).
El templo el Lugar de Su Presencia es también un factor determinante de desactivación y
reactivación de la economía sectorial/barrial. Durante la emergencia sanitaria, los procesos de
cuarentena a causa del Covid19, se cesaron los cultos de forma presencial, implicando que
todo el comercio sectorial de La Castellana que depende económicamente del flujo de
personas de la iglesia, también cerrara sus puestas. Bienes, servicios y productos de consumo
(restaurantes, cafeterías, librerías, misceláneas, bancos) dependen del flujo masivo de
feligreses. Aunque esta Iglesia no fue el único detonante de la irrupción comercial en el
sector de La Castellana, si fue esencial en tal proceso.
Sin embargo, pese a esta serie de dinámicas socioeconómicas y espacio-territoriales que se
generaron a raíz de la construcción del templo el Lugar de Su Presencia, muchas de las
cuales, según la investigación, han tenido una connotación negativa o impacto desfavorable
en la comunidad que habita el barrio, parece que la situación ha tendido a mejorar. Pues, con
una iglesia, en cuanto a estructura, cada vez más moderna (control acústico de los cultos,
apertura de nuevas sedes, fin a las aglomeraciones a través de la asistencia con inscripción
previa -códigos QR- y edificación de su propio parqueadero/solución a la carencia de
estacionamientos para feligreses y, por ende solución a la invasión del espacio público), se
han ido remediando de forma paulatina, pacífica y de acuerdo con la regulación en la materia
los conflictos sociales presentados en el sector de La Castellana, tal como lo destacaron los
líderes de la JAC y los habitantes/comerciantes del sector.
La Castellana es un claro ejemplo de cómo en la realidad concreta, guardando las diferencias
territoriales, la urbanización no tiene un control estricto. De cómo la normatividad es
rebasada por criterios económicos, marginando las necesidades o intereses de la ciudadanía y,
eclipsando la concepción del ordenamiento territorial como la consolidación de un orden
deseado. En contraste con el enfoque territorial de la política pública distrital de libertad
religiosa, el POT vigente y el Plan Maestro de Equipamientos de Culto, la Iglesia El Lugar de
Su Presencia tiene las siguientes implicaciones espaciales/territoriales:
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Modificación del espacio físico (construcción de equipamientos para culto y usos
complementarios) y los entornos colectivos (realización de actividades materiales y
simbólicas propias de la religiosidad). Aquí es de resaltar como se encuentran y se realizan de
forma tensionante y consensuada los derechos y libertades ciudadanas: libertad de religión,
culto y conciencia; uso del suelo y acceso al espacio público; constitución de un ambiente
sano; derecho al empleo y la propiedad, etc.
Un desarrollo infraestructural que trasciende la formalidad normativa del qué y cómo
construir. La construcción de la iglesia incide en el campo de los derechos, vivir y habitar la
ciudad, en términos de una democratización del uso del espacio público: criterios, factores e
intereses económicos vs. necesidades reales o perceptibles de los habitantes/residentes. En La
Castellana sigue existiendo una pugna entre lo residencial/habitacional y lo comercial.
La adecuación, adaptación, edificación o reestructuración de equipamientos urbanos
para culto sobre la marcha (con base en problemáticas y soluciones), sobre el devenir
histórico de los conflictos sociales/barriales presentados en el sector de La Castellana (por el
templo). Se careció de un verdadero plan de urbanización para esta mega iglesia, tal como
sugieren los planes maestros de equipamientos con los estudios urbanísticos previos de
identificación de necesidades territoriales. Por extensión, se presenta una analogía con el caso
histórico de la expansión urbana de la ciudad de Bogotá; la cual ha estado supeditada más a
problemáticas sociales (migración, loteo pirata, toma de terrenos) y factores económicos
(industrialización/comercialización) que a un verdadero proceso de planificación urbana.
La concreción normativa actual del templo está de acuerdo con el Plan Maestro de
Equipamientos de Culto de Bogotá Distrito Capital: equipamientos esenciales y
complementarios para actividades de rito, ceremonia, formación y administración. Sin
embargo, en materia de espacio público, la iglesia presentó falencias durante un tiempo
prolongado en el tema de exigencias de estacionamientos.
La constitución de un complejo arquitectónico religioso, cultural y empresarial, a partir
de una iglesia, en sector de La Castellana. Uno que ha desplazado y eliminado zonas
residenciales y reestructurado y construido otras comerciales. Esta articulación de lo físico
(espacial) y lo simbólico (territorial) mediante la práctica religiosa, evidencia la
transformación del régimen del uso religioso del suelo, antes de predominio católico.
Dinámica espacial que ahora el templo neopentecostal expande a otras partes de la ciudad de
Bogotá, con sus nuevas sedes. No obstante, en cuanto al uso religioso del suelo y, en
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comparación con el caso español (Guardia, 2009), la planificación del espacio urbano, la
necesidad de ordenarlo, puede transfigurar en el interés de controlarlo, de monopolizarlo a
nivel territorial.
CONCLUSIÓN
De forma compleja, el templo neopentecostal ‘Iglesia El Lugar de Su Presencia’ tiene
implicaciones sociales, económicas y espacio-territoriales de gran índole en el sector de La
Castellana. Desde este estudio de caso surge la necesidad de definir de forma concreta (desde
los ámbitos teóricos y normativos) lo que es el uso religioso del suelo para el distrito capital.
Pues éste aún presenta vacíos y falencias, incluso, en la actual propuesta de la Alcaldía
Mayor (2021), el aún por aprobar nuevo Plan de Ordenamiento Territorial Bogotá Reverdece
2022-2035, que estipula “el uso religioso del suelo” también únicamente desde los
equipamientos, como un servicio social para las prácticas de culto, mas no como una
categoría.
Este estudio de caso es un claro ejemplo de la discrepancia entre la teoría (el espectro
normativo y jurisprudencial) y la realidad concreta (los territorios, su ordenamiento) en
materia de diversidad religiosa. Los templos son el vértice donde concurren los derechos
constitucionales de la libertad religiosa y de culto y la reglamentación/legislación en términos
urbanísticos. Y, aunque constitucionalmente, el derecho y el régimen urbanístico sean los
mismos (sean generalizables), contextualmente los espacios y territorios si son heterogéneos.
Los planes maestros de equipamientos urbanos de culto deben tener en cuenta, de forma real,
a las comunidades, sus necesidades. Por ello, el pleno desarrollo del ejercicio de la libertad
religiosa y de cultos, como un derecho, entre tantos otros, es aún un proceso, no culminado.
El derecho a la libertad religiosa no es un derecho absoluto, este puede restringir o afectar el
ejercicio de otros derechos fundamentales, sociales y ambientales.
El POT, como la constitución de un orden deseado, debe ser un instrumento regulativo,
preventivo, pero también un armonizante de la correlación arquitectura religiosa-tejido
social-planificación de la ciudad. Es necesario la toma de decisiones en torno al ordenamiento
territorial y uso religioso del suelo bajo una política pública más horizontal, coparticipativa,
que tenga más en cuenta las problemáticas generadas en las comunidades, sus posibles
soluciones y, trascienda el orden netamente jurídico, constitucional y las perspectivas, a veces
unilaterales, de los líderes religiosos y los miembros de estas congregaciones, todo, en aras
del bienestar general y la garantía y goce plenos de los derechos de los ciudadanos. Como
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materialización de la diversidad religiosa, la construcción de templos no católicos no puede
obedecer únicamente a criterios económicos y empresariales.
El templo El Lugar de Su Presencia, manifestación de tal diversidad, tiene un impacto directo
en el sector de La Castellana. Esta mega iglesia de variante cristiana neopentecostal, bajo el
marco de comprensión, de su acción y de su religiosidad, del discurso ideológico de la
teología de la prosperidad, entreteje en el barrio de su ubicación y, de forma concatenada, los
siguientes elementos: reconfiguración y trasformación urbana; flujo y migración poblacional;
activación/desactivación económica; cambios en la vida/cohesión social del sector.
Con el creciente fenómeno social de la diversidad religiosa, templo y territorio, en conjunto,
reconfiguran espacios vividos, generan territorialidad. Una política pública no vertical -
Estado-ciudadanía- debe partir desde, o incluir, la heterogeneidad y especificidad socio-
espacial. La territorialidad se expresa espacialmente, pero también se asocia a la subjetividad;
subjetividades emergentes desde el hecho religioso, las cuales se concretan también en un
templo, en su expresión física y su exteriorización simbólica.
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Cómo citar este artículo (APA 7ª edición):
Jiménez Moreno, A. A. . (2026). Templo y Territorio: Implicaciones Socioeconómicas y
Espaciales de la Diversidad Religiosa. Prisma ODS: Revista Multidisciplinaria Sobre
Desarrollo Sostenible, 5(3), 73-90. https://doi.org/10.65011/prismaods.v5.i3.264