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PORTADA
(Elaborada por la revista)
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Legitimidad Social de la Explotación Animal
Social Legitimacy of Animal Exploitation
Alexis Artemio Sánchez Contreras
alexiscure99@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0000-4515-7181
Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID)
Zacatecas - México
Ricardo Saul Matancillas Esparza
serviciosmatancillas20@gmail.com
https://orcid.org/0009-0004-8362-8123
Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID)
Zacatecas - México
Rubén Cervantes Hernández
rubencervantesh1@gmail.com
https://orcid.org/0000-0002-9390-9461
Universidad Autónoma de Zacatecas
Zacatecas - México
Artículo recibido: 01/04/2026
Aceptado para publicación: 05/05/2026
Conflictos de Intereses: Ninguno que declarar
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RESUMEN
El objetivo de esta investigación es analizar la legitimidad social de la explotación
animal en las sociedades contemporáneas en México, centrándose en los grupos de protección
animal de la sociedad civil mexicana que carecen de carácter jurídico. El estudio se basa en
perspectivas teóricas de comunicación y protección animal, examinando las coaliciones
discursivas entre el activismo y las industrias de uso animal. La explotación animal,
históricamente normalizada por tradiciones y economía, enfrenta un cuestionamiento ético
creciente impulsado por el reconocimiento científico de la sintiencia animal, lo cual invalida el
antiguo argumento antropocéntrico de superioridad. Entre los hallazgos principales se destaca
que la legitimidad social de la explotación no es estática, sino un constructo dinámico que se
negocia entre intereses económicos y valores morales. A nivel legal, México impulsa una
reforma constitucional para prohibir el maltrato, legislar nacionalmente sobre bienestar animal
y promover su enseñanza en la educación básica. La investigación concluye que existe una
fractura entre las prácticas industriales y las nuevas sensibilidades éticas, manteniéndose la
legitimidad de la explotación a menudo por costumbre y la ocultación de la realidad. La
implicación principal es la necesidad de una abolición progresiva de la noción de los animales
como propiedad, buscando una futura relación basada en el respeto y la coexistencia.
Palabras clave: legitimidad social, explotación animal, sintiencia, bienestar animal
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ABSTRACT
This research analyzes the social legitimacy of animal exploitation in contemporary
societies in Mexico, focusing on Mexican civil society animal protection groups that lack legal
character. The study is based on theoretical perspectives of communication and animal
protection, examining the discursive coalitions between activism and animal-use industries.
Animal exploitation, historically normalized by traditions and economy, faces growing ethical
questioning driven by the scientific recognition of animal sentience, which invalidates the old
anthropocentric argument of superiority. Key findings highlight that the social legitimacy of
exploitation is not static, but a dynamic construct negotiated between economic interests and
moral values. On a legal level, Mexico promotes a constitutional reform to prohibit abuse,
legislate nationally on animal welfare, and promote its teaching in basic education. The
research concludes that a fracture exists between industrial practices and new ethical
sensibilities, with the legitimacy of exploitation often sustained by custom and the concealment
of reality. The main implication is the need for a progressive abolition of the notion of animals
as property, seeking a future relationship based on respect and coexistence.
Keywords: social legitimacy, animal exploitation, sentience, animal welfare
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INTRODUCCIÓN
La legitimidad social de la explotación animal constituye un tema central en los debates
contemporáneos sobre aspectos como ética, derecho y organización económica. A lo largo de
la historia, las sociedades han normalizado el uso de animales para la alimentación, la
vestimenta, el entretenimiento, la experimentación científica y el trabajo, sustentando estas
prácticas en tradiciones culturales, necesidades económicas y marcos jurídicos que las regulan.
Sin embargo, en las últimas décadas, el cuestionamiento ético hacia estas formas de utilización
ha cobrado fuerza, impulsado por el desarrollo de teorías filosóficas como las propuestas de
investigadores académicos, así como por la creciente visibilización del sufrimiento animal en
un sistema de producción intensiva.
El concepto de legitimidad social remite al grado de aceptación y justificación que una práctica
alcanza dentro de una comunidad determinada. No se trata únicamente de su legalidad formal,
sino de la percepción colectiva de que dicha práctica es moralmente válida, necesaria o al
menos tolerable. En este sentido, la explotación animal se sitúa en una tensión constante entre
su arraigo histórico y cultural, y las nuevas sensibilidades éticas reconocen a los animales como
seres sintientes, capaces de experimentar dolor y placer.
La transformación de la relación humano - animal también ha estado influida por cambios
científicos y culturales que cuestionan la tradicional visión antropocéntrica. El término
antropocéntrico se deriva del griego; donde anthropos se define como ser humano y kentron
centro, combinado con el sufijo ista, lo cual se deriva como una ideología filosófica central. Se
define como el hombre en el centro del universo, tendencia que convierte al hombre en el único
protagonista de la creación natural ante las propiedades físicas de la naturaleza y el universo.
Sin embargo, esta conjugación filosófica tiene como finalidad observar por igual el valor
equitativo tanto al hombre como a los seres vivos, porque ambos son creaciones naturales del
reino natural y científico.
La expansión de los movimientos por los derechos de los animales, el fortalecimiento de
normativas de bienestar animal y el debate público en torno a prácticas como la ganadería
industrial, la experimentación biomédica o los espectáculos con animales, evidencian que la
legitimidad social de estas actividades ya no es incuestionable. Más bien, se encuentra en un
proceso dinámico de revisión, donde confluyen intereses económicos, principios éticos, marcos
legales y valores culturales.
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La legitimidad social no es una propiedad estática donde solo se establecen leyes que
determinan la aceptación, el reconocimiento y justificación que una sociedad otorga a un poder,
leyes o normas, sino un constructo dinámico que depende de la percepción pública y de la
alineación de las industrias con los valores morales contemporáneos. Mientras que la normativa
legal a menudo avanza con lentitud, la sensibilidad colectiva hacia el bienestar animal ha
evolucionado rápidamente, impulsada por descubrimientos en biología y neurociencia que
confirman la sintiencia animal.
Ahora bien, la explotación de animales en la industria circense se encuentra prohibida en países
como Bulgaria, Costa Rica, Israel, Singapur, Bolivia y Croacia. Por otro lado, la regulación de
los animales como parte de la industria de la comida se ha visto influenciada por
preocupaciones similares, prohibiéndose por ejemplo en Noruega y Suiza la castración de
cerdos sin anestesia, y procurando que el animal se desarrolle como tal durante el pastoreo.
Suecia establece que, durante el verano, todas las vacas y vacunos que son parte de la industria
de los lácteos tienen el derecho a estar en el exterior por un período de dos a cuatro meses, y al
menos seis horas al día, normativa que se replica en Noruega y Finlandia.
Las correspondientes modificaciones legislativas y los respectivos debates descritos han
permitido la creación de una nueva área del derecho, la cual ha fomentado el surgimiento de
organizaciones especializadas y centros de investigación de ayuda, ha generado un cada vez
mayor número de literatura jurídica y de jurisprudencia relevante, y se ha incorporado en el
currículo de diversas universidades a nivel internacional, con la finalidad de ofrecer asistencia
de apoyo y protección para los animales.
Algunos puntos clave que está presente investigación nos hace inferir de una manera muy
analítica y reflexiva es el primer punto llamado contexto histórico. Se define el paso del animal
como un ser sintiente, donde el ser vivo aprecia el dolor, placer y emociones en su conjunto.
El segundo punto se define conflicto ético y moral. La tensión entre las tradiciones humanas y
los valores del bienestar. Hace que el propio ser entre en un estado de consciencia emocional
y psicológica para evitar daños físicos al animal. El tercer punto y último de este análisis
académico son los factores sociológicos. Como la sociedad cuestiona y normaliza la utilidad y
función de los animales, ello dependiendo de su función, ya sea mascota o ganado.
Analizar la legitimidad social de la explotación animal exige, por tanto, un enfoque
interdisciplinario que articule la reflexión filosófica, el análisis jurídico y la dimensión
sociológica del cambio normativo. Implica examinar cómo se construyen y transforman las
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percepciones colectivas, qué intereses económicos, políticos y sociológicos intervienen en la
consolidación de determinadas prácticas y de qué manera emergen nuevas sensibilidades
morales que desafían el orden establecido. En este contexto, la presente investigación se orienta
a comprender los fundamentos, alcances y límites de la legitimidad social de la explotación
animal en las sociedades contemporáneas, situando el debate en el cruce entre ética, derecho y
dinámica social.
Enfoque
La presente investigación constituye el primer análisis orientado a las ciencias sociales sobre
grupos y redes de protección animal de la sociedad civil mexicana que carecen de carácter
jurídico. El objetivo general es analizar la legitimidad social de la explotación animal en las
sociedades contemporáneas en México.
Este enfoque científico busca desentrañar los procesos de construcción discursiva y
contemporánea en torno a la protección de animales, explorando cómo diversos actores desde
lobbies hasta movimientos sociales en contra de la explotación animal que apelan a distintos
marcos argumentativos para cuestionar diversas prácticas de maltrato y de esta manera frenar
las acciones no humanas ante los seres vivos.
La apología que aborda esta temática de investigación se basa en perspectivas teóricas
centradas en la comunicación y la protección animal, vinculada a las industrias de uso animal,
sus lobbies y las coaliciones discursivas que se emergen entre sí; derivado a un profundo
análisis crítico donde se reflexiona con base en la moralidad y ética ante las acciones que el
hombre hace con los animales.
METODOLOGÍA
La presente investigación se enmarca en un diseño de tipo cualitativo, no experimental y
descriptivo-analítico. Dado el objetivo de analizar la legitimidad social de la explotación
animal como un constructo dinámico y discursivo, se adoptó un enfoque interdisciplinario que
articula perspectivas de la filosofía moral, el derecho (con énfasis en la legislación mexicana e
internacional) y la sociología del cambio normativo. La técnica principal fue la Revisión
Documental Sistemática.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
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El derecho a defender los propios intereses de los animales e influir en la toma de decisiones
públicas a través de instrumentos como las relaciones públicas y, s en concreto, las
relaciones institucionales, es un pilar legítimo y fundamental en una apología democrática que
determina la defensa ante los seres vivos, que hace que sea capaz de protegerlos ante tales actos
de maltrato en su entorno social de hábitat. “Un ejemplo de ello es la presión que las industrias
que explotan animales ejercen para evitar aumentos en los costes asociados al llamado bienestar
animal” (Almirón, 2025, pág. 29). Estas empresas justifican esta postura como una forma de
responsabilidad social, argumentando, por ejemplo, que así evitan el maltrato animal.
Es evidente que el conocimiento de que los animales sienten hambre, sed y dolor, además de
sufrimiento, al contrario de lo que argumentaban René Descartes y otros filósofos en los siglos
XVI y XVII. Descartes defendía, en su teoría mecanicista, que las funciones orgánicas en los
animales no humanos estaban directamente relacionadas con la necesidad básica del cuerpo
para funcionar, esto con la finalidad de atender su instinto animal ante sus necesidades básicas
de supervivencia.
“Este pensamiento impregnó el imaginario de diferentes científicos desde la Antigüedad hasta
mediados del siglo XVIII, demostrando la relación de propiedad animal humano-animal no
humano y la ausencia total de cualquier obligación moral” (Franco, 2024). ReDescartes
define al animal humano con la ausencia de sentimientos pragmáticos, morales y éticos para
actuar con la razón con base en las acciones que en cambio el hombre sí puede realizarlas por
medio de la razón analítica.
Eje 1: La reforma constitucional en materia de protección y bienestar animal en México
La participación activa de las organizaciones civiles y de la abogacía ha desempeñado un papel
fundamental para los derechos de los animales en las instituciones tanto privadas como
públicas. Esta participación se distingue por dos tipos, la primera de ella consiste en presionar
al Gobierno Federal para obtener cambios positivos en una agenda propia; y la segunda es que
cuenta con una agenda propia relacionada directamente con el gobierno para el cuidado y
protección de los animales no humanos. Ambas participaciones cuentan con sus finalidades
propias para el desarrollo del bienestar de los seres vivos dentro de sus regiones naturales.
No obstante, a pesar de la lucha que realizan las asociaciones animalistas por el reconocimiento
constitucional del bienestar animal, el aplazamiento de la reforma podría derivarse de que en
la mayoría de las constituciones del mundo se estipula la protección del medio ambiente, sin
garantizar o extender tal protección hacia la naturaleza y los animales en general. Las razones
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que fundaron el dictamen de la reforma en México, partieron de una relación humano - animal
que ha sido histórica, ya que nuestra historia biológica, evolutiva y natural se relaciona con los
animales (Piñas, 2026). Además, se pretende enfocar la mirada en el cuidado y protección
animal en países como Inglaterra, Alemania, Francia, Nueva Zelanda, España, Estados Unidos
mediante la legislación ambiental y de sanidad animal.
El artículo 73 de la República Mexicana faculta al gobierno federal para la promulgación de
leyes con base en la protección animal. Anteriormente estas leyes solo estaban gestionadas por
gobiernos estatales y locales y ahora se exige la creación y aceptación de una ley nacional de
protección animal en un plazo de no más de 180 días consecutivos. Diversas legislaciones
nacionales deberán aceptar una serie de acciones morales y éticas a favor de la protección
animal a nivel nacional, esto con la finalidad de informar y promulgar la concientización
humanitaria en la comunidad.
Al elaborarse esta legislación, los legisladores mexicanos deben considerar “la naturaleza,
características y relaciones de los animales con las personas, la prohibición de los animales en
la crianza, utilización y sacrificio de animales para el consumo humano” (Animal Legal
Defense Fund, 2025). Para esto, activistas mexicanos trabajaron para garantizar la protección
y el bienestar incluidos animales de granja en este convenio legislativo, debido a que establece
un marco jurídico para futuras generaciones de animales de cualquier especie.
Finalmente, “el artículo 3 de México se refiere al sistema educativo de México, se establece
ampliamente que el bienestar animal se incluya en los planes y programas de estudio de los
estudiantes de educación primaria y secundaria” (Animal Legal Defense Fund, 2025). Esto con
la finalidad de concientizar a todos los alumnos de educación básica a tratar con respeto a los
animales en su entorno, comunidad y naturaleza, debido que todo forma parte de las
propiedades físicas de la naturaleza animal.
Eje 2: La obligación del estado de protección y cuidado de los animales
La reforma constitucional en materia de protección y cuidado animal, modifica los artículos 3,
4 y 73 de nuestra carta magna de México. Esta reforma incorpora la protección animal como
uno de los ejes centrales temáticos de los planes y programas educativos en educación básica,
promoviendo la sensibilización en el ámbito escolar. Aunado a lo anterior, introduce la
prohibición constitucional del maltrato animal, colocando al Estado mexicano como garante
de su protección, conservación y cuidado (Lavarello, 2023 ). Finalmente, la reforma faculta al
Congreso de la Unión para legislar en la materia de protección de animales. Esta reforma
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representa un paso adelante en el reconocimiento de los animales no humanos como sujetos de
protección jurídica y humanitaria.
La reforma constitucional en materia de protección y cuidado animal impacta en la materia
educativa, al momento de introducir la enseñanza de la protección animal en un plan de estudios
en el que no queda mucho espacio para más áreas de enseñanza con base en la ética animalista.
Por otro lado, otorga al Congreso de la Unión la facultad de legislar en materia de protección
y bienestar animal, garantizando una legislación uniforme y segura con el reto de considerar
las diferentes regiones y su relación con los animales, que no siempre son homologables a las
costumbres de la sociedad del país.
Los ejes centrales de esta reforma ha sido la actualización de las normativas sobre bienestar de
los animales en las explotaciones ganaderas, esto en función de referirnos a animales de granja.
“El proceso de consulta pública y revisión legislativa, que culminó a finales de 2025, ha
introducido estándares basados en el comportamiento natural de las especies”
(AnimaNaturalis, 2025). Superando el antiguo modelo que se limitaba a la ausencia de
sufrimiento animal. Ahora, la Comisión Europea trabaja bajo el principio de que el bienestar
implica también la presencia de estados emocionales positivos en los animales.
En España, 2025 ha sido el año de la implementación efectiva de la Ley de Protección de los
Derechos y el Bienestar de los Animales, una ley que ha transformado la vida cotidiana de
millones de ciudadanos y sus animales no humanos de compañía. El enfoque español se ha
centrado en dos ejes fundamentales: la tenencia responsable y el endurecimiento de las
sanciones penales frente al maltrato y el abandono animal. La legislación española ha
introducido normas muy estrictas con base en la socialización con los animales en su país,
además de que es evidente en que los tres niveles de gobierno están a favor con base en la
protección y el cuidado de los animales.
El tema de la protección y cuidado animal se encuentra reconocido y vigente en el panorama
internacional desde la segunda mitad del siglo XX, ya que, en 1977 se proclamó la Declaración
Universal de los Derechos de los Animales, el cual determina que todos los animales nacen
iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia (Ortiz, 2025). Asimismo,
señala que el hombre, como especie humana, no puede atribuirse el derecho de exterminar a
los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho humanista, ya que los seres vivos
forman parte de las propiedades físicas de la naturaleza y del reino animal.
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El ser humano como tal, tiene la obligación total de adoptar sus conocimientos naturales con
base en la protección y seguridad a los animales, asimismo; todas las especies de animales
tienen derecho a la atención, a los cuidados humanos y protección del hombre para
salvaguardar su integridad física animalista. Con base en lo anterior; el humano como especie
natural es responsabilidad de adoptar sus conductas éticas y morales ante los animales,
brindando humanismo y respeto a diversas especies biológicas que lo rodean.
Por otra parte, en nuestro país es bastante común contar con la presencia de alguno de estos
seres sintientes habitando y conviviendo en espacios públicos comunes con las personas, más
sin embargo no existe una evidencia de que alguna persona muestre empatía por una protección
animalista en el momento. Desafortunadamente, no todo ha sido positivo y justo para dichos
animales de compañía. Existe una cifra negra que no debe pasarse por alto y debe replantear lo
que implica el trato digno de los animales (Fundación UNAM, 2021). Por otra parte, xico
es considerado como uno de los países de América Latina con más maltrato animal, en
resumen, siete de cada diez animales sufren agresiones físicas y mueren en una cantidad
estimada de 60 mil animales por causa.
Eje 3: Bienestar y protección animal
Los animales son seres biológicos sensibles que también tienen derechos y deben ser
protegidos. Estos derechos se refieren al conjunto de normas y principios éticos y morales que
buscan garantizar el bienestar y la protección de todas las especies. Esta perspectiva reconoce
que tienen intereses y necesidades propias y que merecen ser tratados con dignidad y respeto.
A diferencia de los seres humanos, los animales no tienen la capacidad de expresar sus
necesidades o defender sus derechos, por lo que es nuestra responsabilidad actuar en su nombre
con respeto y protección.
La discusión en torno a la protección y derecho de los animales, está ganando credibilidad con
base en los movimientos sociales donde participan activistas, académicos y civiles a favor de
la protección y conservación del medio ambiente. Los animales sienten dolor, tienen la
capacidad de experimentar emociones y merecen ser tratados con respeto, consideración y de
manera justa (Repetto, 2022). Al reconocer sus derechos y respetar a los animales, no solo
estamos asegurando su bienestar, sino estamos actuando como seres humanitarios, capaces de
construir una sociedad más ética, moral equitativa y empática ante su medio natural que los
rodea.
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Los veinte años de la tipificación por vez primera en España del delito con base en el maltrato
animal, la Ley orgánica 3/2023 llevó a cabo una nueva modificación del Código Penal, y ese
mismo día, el 28 de marzo de 2023, se promulgó la Ley 7/2023, de protección de los derechos
y bienestar animal, con la finalidad de establecer derechos de protección animal ante cualquier
circunstancia que ponga en riesgo su integridad física y biológica. La reforma siguió la línea
de sus antecesoras (las de 2010, 2015 y 2021), acercar la regulación jurídico-penal de los
animales como seres sintientes a la de la persona (Cámara de Diputados de México, 2026).
Haciendo cada vez más conscientes y responsables a las personas de sus actos ante la
convivencia con los seres vivos, incorporando moralidad y ética en su conducta humanista.
La salud animal, está estrechamente relacionada con la salud y el bienestar de las personas.
Algunos patógenos pueden infectar a poblaciones tanto humanas como a animales o pueden
transmitirse de los animales a los seres humanos, ya sea directamente o a través de diversos
vectores biológicos, por ello es de suma importancia mantener el enfoque de cuidado y
protección ante la diversidad animal y ambiental.
Proteger la salud de los animales y prevenir las enfermedades animales sirve para proteger la
salud pública de las personas, la producción animal, la seguridad alimentaria y el suministro
de alimentos, las economías rurales y el medio ambiente. El campo está estrechamente
relacionado con la vida animal, y está conectado con la salud pública de la sociedad urbana. La
salud animal es un componente fundamental de la seguridad alimentaria y sigue ocupando un
lugar central en la Estrategia de la alimentación (Universidad Nacional de Costa Rica, 2025).
La mejora de las condiciones de la vida animal, ayuda a mejorar la producción de alimentos
especialmente en la vida de campo y esta va conducida a la vida urbana.
El bienestar animal en animales de compañía está reflejado en la armonía entre el ser humano,
el entorno natural y las respuestas naturales de las mascotas, manifestándose en una
alimentación adecuada, cuidados preventivos y condiciones de vida confortable en su vida
propia. En este sentido, la tenencia responsable exige que los tutores asuman sus deberes y
derechos, priorizando el bienestar físico, emocional y social de sus animales Suárez Esquivel
y Estrada König, 2023). Asimismo, las mascotas son consideradas parte de la familia,
generando vínculos afectivos y aportando beneficios como compañía, actividad física y apoyo
emocional ante las personas.
Desde la creación de los derechos de los animales, la evaluación del bienestar de las mascotas
domésticas ha tenido innumerables transformaciones, sin embargo, desde el 2015 al 2025 las
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leyes y derechos de los animales han experimentado una transformación significativa que ha
tenido un impacto exponencialmente a los animales no solo en su salud física, sino que también
en la ausencia de enfermedades generadas por virus o bacterias, es decir, en la cuestión
biológica de su sistema inmune. Los derechos y protección de los animales no solo protegen
su integridad física, sino también asegura el bienestar alimenticio y de sanidad, todo forma
parte de un complemento integral en la salud animalista.
Eje 4: Representaciones del activismo y comunicación estratégica en la defensa de los animales
Los ataques a los animales son un fenómeno poco dimensionado y tratado con base en su
protección, relacionándolo como una de las principales causas de violencia social.
Académicamente, la atención a los orígenes de las conductas violentas hacia los animales no
es reciente; legalmente, se tipifica aquellas conductas que causan dolor y sufrimiento
innecesario a los animales (Igualdad Animal, 2026). Sin embargo, poco se ha hecho para
implementar educación en las escuelas de educación básica y en instituciones académicas de
nivel superior para prevenir el maltrato y explotación animal.
Los retos que se enfrentan en nuestra época social son vastos para dar una solución contundente
establecida ante conductas inhumanas y devastadoras ante los animales, principalmente por la
ausencia de esta. Ahora bien, la representación del activismo y la participación activa de
académicos y periodistas solicitan de manera intermitente, leyes legislativas que acrediten la
protección y seguridad total para una vida digna ante los animales domésticos que son
maltratados y explotados.
Los animales domésticos de cualquier especie merecen en su totalidad protección, bienestar,
calidad de vida y por supuesto que obtengan leyes aprobadas donde se ampare y se demuestre
sus derechos como animales no humanos de la naturaleza. “Los animales ocupan un espacio
central, material y simbólico en la vida de los seres humanos” (Fundación BBVA, 2025). Por
su parte, los animales son indispensables en nuestra existencia y vida diaria y ante ello merecen
todo nuestro respeto tanto por cuestiones éticas y morales como por respeto hacia la naturaleza
misma.
Ahora bien, a los procesos de urbanización civil se ha dado un fuerte incremento de los
animales de compañía en el hogar y en actividades al aire libre, siendo considerados en muchos
casos como miembros de la familia, un fenómeno que ha permitido a aproximadamente la
mitad de la población observar y tener la vivencia de interactuar de manera cognitiva y
emocionalmente con un subconjunto muy reducido del mundo animal, pero suficiente para el
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desarrollo de empatía con los animales. Afortunadamente, muchas familias han adoptado el
cuidado y protección animal dentro de sus hogares, esto es debido a una serie de conjuntos
emocionales y amorosos por la protección de los mismos seres vivos.
Al proteger los derechos animales, no solo estamos asegurando su bienestar, sino también el
nuestro. La forma en que tratamos a los animales refleja nuestra manera de ser como sociedad.
“Los estudios demuestran que aquellos que maltratan a los animales también tienden a mostrar
falta de empatía hacia los seres humanos” (UCSM, 2025). Proteger a los animales y respetar
sus derechos es fundamental para la construcción de una sociedad más justa y bondadosa en
nuestra era, donde se pongan en práctica valores y principios morales para el bienestar de los
seres vivos y ofrecerles una calidad de vida ante su entorno natural ambientalista.
Eje 5: El argumento ético para proteger los derechos de los animales
El argumento ético para proteger los derechos de los animales consiste en el principio de no
causar daño innecesario a los seres vivos. Este principio sostiene que no debemos causar
sufrimiento o daño a los animales a menos que sea en absoluto necesario para nuestra
supervivencia o bienestar personal. El respeto por los derechos de los animales implica tratarlos
con consideración y evitar su explotación animal. Sin embargo, desde un punto de vista más
ético y moral, no existe ninguna justificación para causar daño a los animales por placer,
entretenimiento o conveniencia. La crueldad y explotación hacia los animales, es reflejo de
cobardía para quienes lo hacen y falta de respeto, principios y valores éticos ante su presencia
misma.
La literatura centrada o tangencialmente en los derechos de los animales, suele asumir o
argumentar que estos y una ética no antropocéntrica van relacionados. Por ejemplo, de Villiers
aprovecha la teoría crítica para reorientar el discurso de los derechos de los animales hacia un
enfoque de la cuestión del animal (en el derecho) que identifica y cuestiona el antropocentrismo
como su objetivo crítico y humanista. Autores académicos contrastan los derechos de los
animales con principios éticos que protegen a los seres vivos en su totalidad, más sin embargo
han hecho comparativas con normas morales y éticas antropocentristas refiriéndose a valores
equivalentes; tanto en animales como en seres vivos.
De manera literal, el antropocentrismo significa una corriente filosófica y epistemológica
donde se define al hombre como el centro de la naturaleza y del universo, más sin embargo no
es la única especie pensante en formar parte de la creación natural, hablando en términos
científicos y filosóficos. “autores consideran el antropocentrismo no solo en su sentido literal
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como "centrismo humano", sino como la visión de que la humanidad ha sido condicionada a
considerarse una especie superior” (Zanghellini, 2025). Parece cierto con base en que la
filosofía occidental ha sostenido durante milenios que todos los seres humanos son dignos de
la consideración moral y ética ante los animales.
Esto es importante porque desde una perspectiva filosófica y moral el antropocentrismo no
tiene que intuir desde una contrariedad ante la creación natural de los animales, al contrario,
debe de existir un apoyo y fraternal ante él mismo. Conceptos normativos como el
antropocentrismo sostiene la idea del hombre en el centro de la naturaleza, más sin embargo
no es la única especie que tiene derecho a subsistir en la Tierra, los animales son un
complemento determinado con base en el origen de la vida misma.
Ahora bien; la calidad de vida de los animales en las granjas industriales y el uso de la tierra
para estos fines cobra un nuevo sentido cuando se sabe que para el año 2050 habrá el doble de
animales de granja en los sistemas industriales para alimentar a los diez mil millones de
personas que se espera habiten el planeta. “Nuestra relación con los animales está íntimamente
ligada al desarrollo económico de nuestras sociedades” (Molfino, 2025). Actualmente vivimos
en un sistema capitalista donde todo tiene un costo determinado y busca beneficiarse de todo
lo que pueda, ello explica tasas elevadas en estadísticas donde se presenta a mayores cantidades
el consumo animal y si no existe una ley que ampare a los animales, no habrá protección
definitiva para ellos.
Eje 6: Representaciones del activismo y comunicación estratégica en la defensa de los animales
Históricamente resulta evidente, en los últimos años, la evolución en los conocimientos
científicos con base en los animales, fruto de la proliferación de estudios que analizan rasgos
y conductas similares a las humanas, y a los avances en comprensión de tales aspectos
biológicos y etológicos, marcados en ocasiones por el sector ético y filosófico que implica
entender a los animales como semejantes o diferentes a los humanos derivado de sus conductas
naturales. Estos avances científicos, sin duda alguna, moldean la percepción de la sociedad
sobre los animales, e incluso tendrán influencia en corrientes filosóficas relacionadas con la
ética en el trato a los animales (Pallotta, 2025). Sin embargo; corrientes filosóficas declaran
que ética y respeto ante el trato con los seres vivos.
La necesidad de compilar la protección animal en textos globales inició en 1978, en el
texto de la Declaración Universal de los derechos del Animal, adoptando la Liga
Internacional de los Derechos Humanos del Animal y las ligas animales afiliadas, que por una
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parte estableció, entre otros aspectos, que todos los animales nacen iguales ante la vida y
tienen los mismos derechos, y que el hombre “en tanto que especie animal, no puede atribuirse
el derecho de exterminar a otros animales o de explotarlos violando ese derecho” (Universidad
Intercultural del Estado de Puebla, 2026). Por el contrario, el hombre como ser humano
racional, tiene todo el derecho de proclamar el bienestar y seguridad ante la protección con los
animales, y sobre todo ofrecer una vida de calidad ante ellos como especies naturales.
El bienestar animal en grandes especies, como bovinos y equinos, es fundamental garantizar
una producción ganadera ética, sostenible y eficiente para la protección de los animales, para
esto es indispensable desarrollar emociones de empatía y respeto con base en el trato de los
animales. “Implementar prácticas adecuadas de bienestar animal no solo beneficia a los
animales, sino que también a los consumidores y sus altas expectativas de productos
sostenibles” (Revista Veterinaria UNA, 2023). Siendo de suma importancia que productores
cuidadores y médicos veterinarios de grandes especies, adopten e implementen medidas que
garanticen un entorno óptimo donde se incluya un espacio adecuado con condiciones climáticas
favorables y acceso a comida para garantizar el bienestar de estos animales.
También para mejorar el bienestar animal, se destacan algunas estrategias como el uso de
sonidos y música como enriquecimiento ambiental, teniendo en cuenta variaciones
individuales de los animales y su capacidad de controlar el entorno sonoro y sobre todo de
cómo son capaces de percibirlo. “Un componente crítico para mejorar el bienestar de los
animales cautivos ha sido el uso del enriquecimiento ambiental musical” (Etología Veterinaria,
2024). La música es un componente poderoso para el estado de ánimo que impactan de una
manera sorprendente en las emociones y bienestar de los animales en su naturaleza.
En resumen, con base en la protección y medios de comunicación hacia los animales, es de
suma importancia implementar diversas estrategias generales que garanticen el bienestar de los
seres vivos, aun garantizando el mundo sonoro, la música suave para los animales. El entorno
natural de cada animal tiene diversas necesidades de supervivencia a las cuales se deben de
atender, con el objetivo de proteger, cuidar y atender a todas las especies menores y adultas
que se encuentran en nuestro hogar, la Tierra.
La creación natural nos obsequia la capacidad de proteger y conservar a los animales que se
encuentran a nuestro alrededor, con la finalidad de que los humanos a un futuro recuperen todas
las especies de animales extintas y predominen los valores en cada uno de nosotros para
salvaguardar la integridad física de los animales como seres sintientes y expresionistas de
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emociones humanas. Recordar que no solo la razón, el pensamiento, las acciones cotidianas
humanas nos hacen humanos; sino la intención de las acciones que hacemos con base en otros
seres vivos de la creación natural.
Análisis teórico
La legitimidad social de la explotación animal ha estado históricamente vinculada a prácticas
económicas, culturales y tradicionales. Durante siglos, las sociedades han normalizado la
utilización de animales para alimentación, trabajo, vestimenta, entretenimiento y
experimentación científica, sin cuestionar las implicaciones éticas de estas prácticas (Birch,
2022; Webster, 2021). Este patrón de normalización se ha reforzado por la percepción de que
los animales son recursos disponibles para el beneficio humano y por la ausencia de marcos
legales que reconozcan sus intereses y capacidades subjetivas (Fraser, 2023). Sin embargo, en
el contexto contemporáneo, la legitimidad de estas prácticas enfrenta un cuestionamiento
profundo debido a los avances en neurociencia, etología y filosofía moral.
El reconocimiento de la sintiencia animal, entendido como la capacidad de experimentar dolor,
placer y emociones complejas, ha sido un elemento central para reevaluar la explotación
animal. Estudios recientes en neurociencia comparativa han documentado que mamíferos, aves
y algunas especies de peces poseen sistemas nerviosos que les permiten experiencias subjetivas
significativas, cuestionando la idea de que su uso pueda ser moralmente indiferente (Marino &
Colvin, 2024; Webster, 2021). La evidencia científica ha tenido un impacto directo en la
formulación de políticas y leyes, pues los gobiernos modernos han comenzado a incorporar la
protección de la sintiencia en la legislación nacional e internacional (Cámara de Diputados de
México, 2024).
A pesar de estos avances, la legitimidad social de la explotación animal enfrenta resistencias
significativas. Las industrias ganaderas, agropecuarias y de experimentación animal siguen
siendo económicamente relevantes y culturalmente arraigadas, lo que genera oposición a
cambios regulatorios estrictos (Fraser, 2023). Además, ciertos sectores perciben que la
implementación de estándares de bienestar más rigurosos podría afectar la productividad o
representar imposiciones externas, lo que evidencia que la aceptación social de la explotación
animal todavía depende de negociaciones entre intereses económicos y éticos (Birch, 2022).
Este conflicto muestra que la legitimidad social no es un concepto estático, sino un constructo
dinámico que se negocia continuamente entre tradiciones culturales.
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La aceptación social de la explotación animal no equivale a su justificación moral. Birch (2022)
y Regan & Singer (2023) destacan que la percepción cultural de lo “normal” puede perpetuar
prácticas que son éticamente problemáticas, especialmente cuando los animales son tratados
como meros instrumentos para fines humanos. La evidencia científica contemporánea refuerza
esta perspectiva, mostrando que los animales poseen capacidades cognitivas, emocionales y
sociales que requieren consideración ética (Smith, Nguyen, & Patel, 2022; Marino & Colvin,
2024). El cambio legal y educativo refuerza la necesidad de una conciencia crítica en la
sociedad.
CONCLUSIÓN
La investigación sobre la legitimidad social de la explotación animal, revela una fractura
profunda entre las prácticas industriales heredadas y las sensibilidades éticas contemporáneas
en cada país. Lo que antes se aceptaba como una necesidad incuestionable, hoy se somete a un
riguroso escrutinio público a nivel internacional.
La crisis del paradigma antropocéntrico y la legitimidad de usar animales para fines humanos,
como comida, vestimenta, experimentación en laboratorios científicos se ha sostenido de una
manera histórica en una visión donde el humano es el centro absoluto. Sin embargo; el
reconocimiento de la sintiencia establece que la ciencia ha validado que los animales no como
objetos, sino seres con capacidad de sufrir y sentir. Esto ha invalidado el argumento de la
superioridad mecánica en diversos exponentes literarios.
La mayoría de las personas consumen productos animales, sin embargo, sin tener conocimiento
previo de la situación rechazan los procesos de obtención. La industria mantiene su legitimidad
ocultando la realidad física de la explotación de los animales, solo con la finalidad de obtener
ganancias a costa de negocios abiertos donde solo se enriquece el sistema capitalista nacional
y por supuesto, los proveedores quienes ofrecen el producto.
La legitimidad se apoya más en las costumbres y la gastronomía que en una defensa ética sólida
con base en la protección de los animales. El sistema capitalista busca por enriquecer los
bolsillos sin tener conocimiento de causa de la explotación física, moral y ética de los seres
vivos, en especial con los animales de granja, que son los animales más maltratados y
consumidos por el hombre de una manera increíble para su existencia y supervivencia; lo que
nos convierte en grupos nómadas de supervivencia a toda costa con el afán de coexistir en la
Tierra.
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En definitiva, hoy en día la explotación animal está perdiendo su estatus de práctica
normalizada para convertirse en una práctica cuestionada más profunda y reflexiva. El futuro
de la relación humano - animal no se encamina hacia un perfeccionamiento de las jaulas
sociales, sino hacia la abolición progresiva y definitiva de la idea de que los animales son
propiedades u objetos. La legitimidad social del mañana será, muy probablemente, una de
coexistencia y respeto, más que de dominio y aprovechamiento del hombre como un ser
supremo donde solo busca satisfacer sus necesidades tanto biológicas como capitalistas.
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: https://doi.org/10.65011/prismaods.v5.i2.225
Cómo citar este artículo (APA 7ª edición):
Sánchez Contreras, A. A. ., Matancillas Esparza , R. S. ., & Cervantes Hernández, R. . (2026).
Legitimidad Social de la Explotación Animal. Prisma ODS: Revista Multidisciplinaria Sobre
Desarrollo Sostenible, 5(2), 413-433. https://doi.org/10.65011/prismaods.v5.i2.225